Código Ético
El presente Código fue aprobado
por la Junta de Gobierno del Consejo General del Trabajo Social de fecha de 7
de noviembre de 2015[1]. Está basado
en los Principios de transparencia y buenas prácticas en publicaciones
académicas del Comité de Ética
de Publicaciones COPE (Committee on Publication Ethics) y en
el Código
de Buenas Prácticas del CESIC.
Fue modificado en enero de 2021
de acuerdo los parámetros de VII Convocatoria de evaluación de calidad de
revistas científicas de la Fundación Española para la Ciencia y la
Tecnología (FECYT) que recoge la Incorporación de
la Mención en Prácticas Editoriales en Igualdad de Género.
PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA Y
COMPROMISO EDITORIAL
1. Órganos
de Gobierno. Servicios Sociales y Política Social tiene
unos órganos de gobierno –Dirección, Administración-Coordinación, Consejo de
Redacción- integrados por profesionales con experiencia reconocida en el ámbito
académico y profesional. Sus nombres y filiación profesional se pueden
consultar en la cubierta interior de la revista y la página web de la misma. El
Consejo Científico Asesor nacional e internacional, por su parte, puede
asesorar en el desarrollo de la publicación. El nombramiento, cese, las
funciones y obligaciones de estos órganos están recogidos en el Reglamento
Interno de la Revista, aprobado por la Junta General del Trabajo Social en
2013.
2. Equilibrio
entre la disciplina y la profesión de Trabajo social. Servicios
sociales y Política social tiene, en esta etapa de su historia,
vocación por ser una revista de carácter mixto académico-profesional. Una
publicación que edite Investigaciones/Revisiones analíticas, críticas y
teóricas sobre asuntos de interés (teórico o prácticos) del Trabajo Social, los
Servicios sociales, la Política social y la Intervención social, así como
Sistematizaciones de la práctica profesional del Trabajo social y la
intervención social y Experiencias profesionales innovadoras y buenas
prácticas por parte de profesionales de lo social, sin que esta pluralidad
venga pre-determinada por la procedencia académica o profesional de la autoría
de los artículos. En todo caso, la revista, por su dependencia orgánica del
Consejo General del trabajo social promoverá la publicación de
sistematizaciones de la práctica profesional.
3. Rigor
científico e intelectual. Los trabajos serán evaluados de manera objetiva
sobre la base del mérito científico de los contenidos, sin mediar
discriminación alguna de género, edad, origen étnico,
nacionalidad, religión, orientación sexual, u opinión política.
4. Proceso
peer-review y decisión editorial. El proceso de revisión de artículos se
realiza por pares. El procedimiento facilita a las personas revisoras la
utilización de un Protocolo sistemático de valoración científica, con criterios
de evaluación públicos y transparentes, realizado conforme a modelos
estandarizados elaborados por organismos nacionales e internacionales
acreditados al efecto (FECYT, Scielo, Latindex etc.) y publicados en cada
número de la revista (así como en su web) tendentes, en su caso, a las mejoras
de los trabajos presentados. En este sentido hay que especificar que se incluye
el parámetro del lenguaje de género: la utilización de un lenguaje
inclusivo será ítem evaluable del texto presentado penalizando a
aquellos artículos que no lo usen.
Para la revisión, se utiliza un mínimo de dos
personas revisoras buscando siempre que las mismas estén cualificadas y
especializadas en la materia del artículo propuesto, con el objeto de que la
decisión editorial sea lo más crítica, experta y objetiva posible. En caso de
contradicción entre las valoraciones, el artículo es remitido a una tercera
persona valoradora.
5. Tiempos
del proceso editorial. Los números de Servicios Sociales y Política
Social están programados por el Consejo de Redacción en torno a un
tema o dossier. Los artículos ajenos a esta temática que lleguen a la revista
tratarán de encajarse en el número en curso o en los siguientes. El Consejo de
Redacción se compromete a cumplir los siguientes tiempos para la revisión y
publicación de los artículos aceptados. Tiempos máximos: (1)
estimación/desestimación por parte de la Dirección, Coordinación técnica y/o
Coordinación científica de los trabajos recibidos: 30 días. (2) Proceso de
revisión científica peer-review: 60 días. (3) Lista de espera de trabajos
aceptados ajenos al dossier de cada nº: serán publicados en los números
siguientes, por orden cronológico de llegada y/o por interés temático.
6. Lucha
contra el fraude. La ciencia entendida como la búsqueda constante del
conocimiento es la antítesis del fraude. La revista Servicios Sociales
y Política Social en la medida de sus posibilidades tenderá a evitar
desviaciones fraudulentas de la actividad investigadora como: interpretación
abusiva de datos; falsificación de datos o pruebas; fabulación de datos o de
descubrimientos; plagio de trabajos ajenos; autocitación superflua. Para ello y
como medidas para combatirlo Servicios Sociales y Política Social implementa
en el proceso: Declaración jurada de no haber publicado el original en otro
lugar (ya que no está permitida la publicación duplicada), de no haberlo
enviado a otra entidad para su publicación en el mismo período en el que se
realizará la evaluación, así como de no haber cometido plagio ni haber falseado
datos; Contraste de los resultados por parte de la revisión por pares;
Coordinación con los agentes editores para evitar y denunciar el fraude; Medios
técnicos anti plagio.
7. Cumplimiento
deontológico. El Consejo de Redacción se compromete a la no publicación de
textos que incumplan los preceptos del Código deontológico de la profesión que
recoge los principios éticos de la profesión o que atenten de alguna forma
contra los derechos y libertades fundamentales recogidos en la Declaración
Universal de Derechos Humanos.
8. Cumplimiento
del procedimiento. Todos los órganos de gobierno se comprometen a
cumplir el procedimiento establecido para el funcionamiento de la revista
recogido en el documento: Protocolo interno. La defensa y
cumplimiento del procedimiento es garante del buen funcionamiento del proceso y
tiende a evitar situaciones anómalas que afecten al funcionamiento de la
revista.
9. Paridad
de género. Ha sido un objetivo de Servicios sociales y
Política social, que cada uno de sus órganos de gobierno tenga paridad de
género. Así mismo, el Consejo de Redacción, consciente de la feminización del
trabajo social, tiene como directriz que la misma quede reflejada en la
participación de la revista.
10. Confidencialidad.
Toda la información relacionada con los trabajos recibidos para su publicación
será tratada de manera confidencial y no será divulgada a personas ajenas al
Consejo de Redacción o al proceso de revisión. Todas las personas implicadas
tendrán obligación de secreto conforme a la normativa de protección de datos de
carácter personal. No obstante, se garantizará, en todo el proceso de
evaluación y revisión editorial, el anonimato de las autoras/es de los trabajos
remitiendo los documentos de forma disociada. En cumplimiento de la normativa
de protección de datos no se utilizarán la información para fines distintos a
los que fue recabada y los autores podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del fichero que es
el Consejo General del Trabajo Social.
11. Propiedad
intelectual. Las personas implicadas en el proceso de revisión y
publicación se comprometen a no utilizar en sus investigaciones el contenido de
los artículos recibidos para su publicación sin el previo consentimiento
expreso de sus autores o autoras. De igual forma el Consejo General del Trabajo
Social se reserva el derecho de distribución, comunicación y explotación de los
textos publicados en Servicios Sociales y Política Social. Los
artículos son de acceso libre y propiedad de sus autores/as y/o editores/as
siguiendo la política de acceso libre para revistas electrónicas científicas de
contenidos con acceso abierto (Open Access). Por tanto, cualquier acto de
reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o
parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de autores/as y editor/a.
Cualquier enlace al texto completo de los artículos de la revista debe
efectuarse a la URL oficial del Consejo General del Trabajo Social.
12. Errores en
artículos publicados. Cualquier error o inexactitud relevante cometida por
la revista será subsanada a través de una fe de erratas en un número siguiente
de la revista.
PRINCIPIOS PARA REVISORAS Y
REVISORES
1. Principio
de calidad. Las personas que asumen el compromiso de evaluar los trabajos
recibidos en Servicios Sociales y Política Social deben
realizar una revisión crítica, constructiva y sin sesgos, con el fin de
garantizar la calidad científica y literaria en su área de conocimiento. En
todo caso podrán renunciar a la valoración de los artículos si consideran que
existe algún conflicto de interés, la temática no es objeto de su competencia,
o existe imposibilidad material o temporal para realizarla.
2. Principio
de verificación. Las personas evaluadoras se comprometen a que el texto
remitido cumpla con las normas científicas de publicación de artículos de la
revista Servicios Sociales y Política Social en sus aspectos
formales: estructura, formato, citación en el cuerpo del texto y referencias
bibliográficas e inclusión del lenguaje de género.
3. Objetividad.
La revisión será lo más objetiva posible, sin mediar en ella prejuicios
personales de los revisores/as sobre lo expresado en ellos. Todas las
valoraciones habrán de estar justificadas en la ficha: Protocolo de
Evaluación para Revisores Externos que se remitirán a la sede
electrónica de la Coordinación de la revista. Este informe deberá ser lo más
exhaustivo posible de modo que permita a los autores/as comprender claramente
las modificaciones o correcciones sugeridas, o, en caso de que el trabajo sea
rechazado, comprender los motivos de dicha decisión. Esta ficha podrá ser
remitida completa al autor/a garantizando siempre el anonimato de los/as
revisores/as.
4. Confidencialidad y divulgación.
Si bien los trabajos son remitidos con datos de autoría disociados, podría
deducirse la misma por asociación de varios datos inconexos, por referencias
bibliográficas, materiales citados en el texto, etc. En este caso, el/la
revisor/a deberá comunicarlo de inmediato a la Coordinación de la revista
a través de los canales formales establecidos para reenviar dicho trabajo a
otro valorador subsanando de alguna manera esta conexión. Así mismo, el
contenido de los artículos también habrá de ser confidencial, es decir, no se
deben discutir con otras personas sin haber recabado el consentimiento expreso
de sus autores/as. Esto supone la expresa prohibición de su divulgación. La
información, confidencial o no, obtenida durante el proceso de revisión no debe
ser empleada para fines particulares.
5. Gestión
del tiempo. Pese a que Servicios Sociales y Política Social establece
un tiempo máximo para el proceso de revisión, los trabajos deben ser evaluados
en el menor tiempo posible con el fin de optimizar la gestión editorial.
6. Referencias
bibliográficas. La revisión debe prestar atención a la ausencia de
referencias de otros autores/as que se considere relevante incluir. En todo
caso las personas valoradoras tendrán en cuenta: las citas de las revistas
científicas nombradas evitando la citación superflua, el exceso de auto-citas,
y las citas pre-prints (en prensa, así como un número excesivo y superfluo de
citas al editor/a, es decir, a la propia revista (sobre todo a aquellas que
sean en un periodo de menos de dos años). También valorarán el cumplimiento de
citar el nombre de las/los autores para visibilizar la producción científica
femenina.
PRINCIPIOS PARA AUTORES Y
AUTORAS
1. Originalidad
y plagio. Todos los trabajos enviados para su publicación han de ser
originales e inéditos, exigiéndose a las autoras y autores que declaren que los
datos y resultados expuestos en el trabajo son originales y no existe plagio,
ni distorsión o manipulación de los datos empíricos para corroborar las
hipótesis o conjeturas. La revista se reserva publicar excepcionalmente alguna
traducción que por la relevancia de sus contenidos no haya sido suficientemente
difundida en España, tras los pertinentes permisos de autor y editor. Los
autores se comprometen a publicar los datos de sus investigaciones de forma
abierta, honesta, transparente y exacta.
2. Ética
en la metodología. Los artículos resultados de investigaciones deberán
haber utilizado una metodología consecuente con el respeto a la dignidad de las
personas. Entre los principales principios del Código de conducta del
investigador/a elaborado por la American Psychological Association (APA),
destacamos los siguientes: Discusión de los límites de la confidencialidad y
resguardo de la misma; minimización de la intrusión e invasividad en la vida
privada; conservación de registros, y consentimiento informado para investigar,
registrar o filmar la investigación.
3. Acceso
y retención de datos. El Consejo de redacción puede requerir a los/las
autores/as los datos o las fuentes en que se basa la investigación, pudiendo
conservarlos durante un tiempo razonable tras la publicación. En todo caso,
para este fin, todos los datos habrán de ser minuciosamente disociados.
4. Citas
y referencias. Siempre se han de mencionar las fuentes mencionadas o
citadas y aportar el listado de referencias bibliográficas de las mismas.
5. Atención
a la diversidad, al género y a la inclusión. Los trabajos deberán
tener un enfoque que considere la diversidad de identidades, necesidades y
capacidades de las personas, evitando al mismo tiempo cualquier sesgo de
discriminación Así mismo, se evitará el sexismo lingüístico, mediante la
utilización de un lenguaje incluyente.
6. Conflicto
de intereses y divulgación. Es preciso declarar explícitamente que no
median conflictos de intereses en torno a los resultados obtenidos o las
interpretaciones propuestas. Junto a los autores deberán citarse las
instituciones, organismos, a los que pertenecen o pertenecían así como las
subvenciones o ayudas financieras recibidas para realizar la investigación que
tendrá que ser referenciada en el artículo.
7. Coherencia
con los principios del Trabajo Social. Los artículos deberán ser coherentes
con los principios éticos del Trabajo Social en materia de derechos humanos,
dignidad humana y justicia social, establecidos en el Código Deontológico de
la Profesión y en el documento: Ética en el
trabajo social, declaración de principios aprobados
por la Federación Internacional de Trabajadores Sociales FITS y la Asociación
Internacional de Escuelas de Trabajo Social en Adelaida, Australia, Octubre de
2004
8. Compromiso
de exclusividad. Los trabajos enviados a Servicios Sociales y
Política Social no pueden haber sido presentados simultáneamente a
otra revista para su selección.
9. Autoría. En
los artículos en que han contribuido más de una persona, se deberá jerarquizar
la autoría en función de la responsabilidad e implicación en su elaboración.
Igualmente, se debe garantizar la inclusión de todas las personas que hayan
realizado aportes significativos de carácter científico e intelectual en el
desarrollo de la investigación y en la redacción del artículo.
10. Responsabilidad. Todas
las personas que remiten un manuscrito a Servicios Sociales y Política
Social deberán aceptar la responsabilidad de lo que han escrito, que
habrá de estar respaldado por un análisis profundo de la literatura científica
más actual y relevante de la materia, y su discusión.
11. Errores en
artículos publicados. Cualquier error o inexactitud relevante en los
contenidos del artículo habrá de ser comunicada al equipo editorial para que
este pueda realizar las correcciones necesarias en la publicación online.
[1] Al pasar a
sistema OPEN ACCESS fue modificado y aprobado en Junta de Gobierno de 14 de
mayo 2020.