Resumen artículo
La única aportación que puedo hacer a esta mesa redonda, desde la perspectiva de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, es la descripción -ni siquiera el análisis científico- de qué sea el trabajo social en el ámbito penitenciario, y solo en él, es decir, en el de la ejecución de la pena privativa de libertad. Careciendo de títulos para ello, sería una impertinencia por mi parte intentar siguiera aquél análisis . De los modelos teóricos del trabajo social, de su praxis general, de su epistemología propia, han debatido Uds. a lo largo de estas Jornadas. Me limitaré, pues, a exponerles, con la brevedad necesaria, en primer lugar los textos legales en que se apoya o que justifican el trabajo social penitenciario y su crítica, a veces severa; y en segundo lugar, como se traduce la realidad legal en realidad real y, en fín, y aunque carezco de mandato alguno, mucho menos representativo, haré de portavoz de las carencias del trabajo social en las prisiones y, por tanto, de las personas encargadas de llevarlo a cabo. Y casi como estrambote, a hacerles una petición...
Palabras Clave
trabajo social; sistema penitenciario; legislación
Referencia normalizada (para citas)
Racionero Carmona, F. (1997). El trabajo social en el Sistema Penitenciario. Servicios Sociales y Política Social, 39, 75-84