Resumen artículo
Recientemente, a raíz de la promulgación del Real Decreto Ley 5/1992 de Medidas Presupuestarias Urgentes y en lo relativo a la supresión de las Ayudas en la Vejez y/o enfermedad del Fondo de Asitencia Social, analizábamos la actual evolución de las pensiones asistenciales en nuestro país, puesto que considerabamos que la medida indicada no era casual ni asilada. En aquel artículo llegábamos a la conclusión de que la fase actual del proceso de evolución de las prestaciones asistenciales estaba afectada por el predominio de criterios economicistas sobre criterios sociales y caracterizada por una grave contradicción entre lo que se dice y lo que se hace. En estos momentos nos encontramos con una congelación del importe de los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos de la Ley de Integración del Minusválido en la misma cuantía para el año actual que la que tenían el pasado año, lo cual supone retrotraer su valor porcentual respecto del Salario Mínimo Interprofesional al que los mismos tenían en el año 1989. Esto viene a significar la confirmación de aquella misma conclusión apuntada en nuestro anterior artículo. Intentemos analizar qué es lo que ocurre y, para ello, hagamos una aproximación a la LISMI
Palabras Clave
ley de integración social del minusválido; salario social; política social
Referencia normalizada (para citas)
Rosario Gálvez, J. & Salinas García, M. E. (1992). La congelación del subsidio de garantía de ingresos mínimos: ¿una nueva medida presupuestaria contra los más débiles?. Servicios Sociales y Política Social, 28, 141-150